Visa E-B4

Una visa de cuarta preferencia basada en un empleo si es un inmigrante especial. Los siguientes inmigrantes especiales cumplen con los requisitos para una visa de cuarta preferencia: Trabajadores religiosos, Inmigrantes Especiales Juveniles, Locutores, Organizaciones Internacionales EG-4 o Empleados NATO-6 y sus familiares, Empleados del gobierno de EE.UU. en el extranjero, Miembros de las Fuerzas Armadas, Empleados Internacionales del gobierno de EE.UU. en el extranjero, Empleados de la zona del Canal de Panamá, Ciertos médicos, Traductores iraquíes/afganos, Nacionales afganos e iraquíes que han provisto servicios de apoyo a las operaciones de EE.UU.

     Para hacer una petición de inmigrante de cuarta preferencia basada en empleo, su empleador deberá enviar un Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial. Sin embargo, hay determinadas situaciones en las que usted, el empleado, puede hacer la petición usted mismo, en su nombre. Lea las instrucciones del formulario para ver si cumple con los requisitos para hacer la petición usted mismo y qué documentos de apoyo deben adjuntarse.

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